Votación de militares y en el extranjero
Así es como puede votar si usted pertenece a:
- la Marina, el Ejército, la Fuerza Aérea, el Cuerpo de Marines o la Guardia Costera de los Estados Unidos
- la Marina Mercante
- el Cuerpo de Comisionados del Servicio de Salud Pública de los Estados Unidos
- el Cuerpo Comisionado a la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica (NOAA, por sus siglas en inglés)
- la Guardia Nacional o en las fuerzas militares estatales en estado activo
- si usted es cónyuge o dependiente de los grupos anteriores elegible
- si usted es ciudadano estadounidense que vive fuera de los Estados Unidos o fuera del Distrito de Columbia
Regístrese para votar y solicite una boleta electoral para voto-por-correo
PARA militares activos y sus dependientes que vivan fuera del Condado de San Diego o para los civiles que vivan en el extranjero
- Puede registrarse para votar y solicitar una boleta electoral
de voto-por-correo aquí »
- Con la Solicitud de Tarjeta Postal Federal (FPCA, por sus siglas en inglés), cuyo enlace incluimos anteriormente, obtendrá un estado permanente de voto-por-correo
- En el caso del personal gubernamental en el extranjero, este estado permanente de voto-por-correo también se denomina UOCAVA, que significa Ley para Ciudadanos en el Extranjero Ausentes de los Comicios UOCAVA (solo en inglés)
- Para garantizar que reciba su material para votar antes de cada elección, utilice el formulario FPCA cuando cambie su domicilio, su dirección postal, su información de contacto o su preferencia de forma de votación
- En las embajadas o en los consulados estadounidenses tienen disponibles copias en papel del formulario FPCA; el personal militar puede obtenerlas a través de su Oficial de Asistencia Electoral
- Recuerde especificar su domicilio en el extranjero y no olvide firmar el formulario FPCA
Cómo enviar su boleta de voto-por-correo
- Puede enviar por fax o por correo su boleta marcada (votada) (consulte a continuación los números y direcciones) Y el Formulario del Juramento Estándar para el Votante completado, el cual recibió en su paquete de boleta de voto por correo.
- La ley del estado de California no permite que las boletas electorales marcadas se envíen por correo electrónico.
- Para obtener más información sobre cómo votar por correo, haga clic aquí »
Recursos
Preguntas frecuentes sobre el Programa Federal de
Asistencia al Votante (solo en inglés) »
Números gratuitos de fax y otros recursos (solo en
inglés) »
Para más información: Programa Federal de Asistencia al Votante (solo en
inglés) »
Secretario de Estado de California (solo en inglés)
»
Preguntas frecuentes para los votantes del Condado de San Diego
Información de contacto
División Electoral del Secretario de Estado
1500 11th Street, 5th Floor, Sacramento, CA 95814
Lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5 p. m. PST
tel: (800) 345-VOTE | (916) 657-2166
fax: (916) 653-3214
Programa Federal de Asistencia al Votante, del Departamento de
Defensa
4800 Mark Center Drive, Suite 03J25-02, Alexandria, VA 22350-5000
Lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. EST
tel: (800) 438-VOTE (8683) | (703) 588-1584
DSN:
425-1584
web: fvap.gov
Registro Electoral del Condado de San Diego
5600 Overland Avenue, Suite 100, San Diego, CA 92123
Lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. PST
tel: (800) 696-0136 | (858) 565-5800
fax: (858)
505-7294
correo electrónico: ROVMail@sdcounty.ca.gov